U.M. CARAHUACRA: Ingeniería para la Excelencia Ambiental
Estudio técnico y evaluación de campo para la reclasificación de envases secundarios, optimizando la cadena de valor circular en la minería moderna.
¿Qué hicimos?
Ejecutamos una evaluación de campo rigurosa y multidimensional para determinar la integridad química de los envases secundarios en la Unidad Minera Carahuacra.
- Verificación de barreras físicas: Confirmación de que el envase primario de polietileno previene cualquier tipo de contaminación química al embalaje secundario.
- Muestreo técnico: Análisis de residuos remanentes y trazas químicas bajo protocolos de alta precisión.
- Auditoría de flujo: Mapeo del ciclo de vida del residuo desde su generación hasta su disposición temporal.
Evaluación Rigurosa
Datos precisos que respaldan decisiones estratégicas de sostenibilidad.
Resolución del Caso
Basándonos en los artículos 71 al 74 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, logramos demostrar la inocuidad de los envases secundarios.
Estado Final: Reclasificado
Oficialmente categorizado como residuo 'no peligroso'.
Resumen de Éxito
Impacto medible en la eficiencia operativa y el compromiso ambiental.
100%
Cumplimiento Normativo
Alineación total con las regulaciones de gestión de residuos peruanas.
-35%
Costos Logísticos
Reducción significativa en el transporte y disposición de residuos peligrosos.
Circular
Economía Verde
Los envases ahora ingresan a cadenas de reciclaje industrial directo.
Preguntas Frecuentes
¿Es seguro reciclar estos envases secundarios?
Sí, es totalmente seguro. Nuestro estudio técnico confirmó que el uso de polietileno como envase primario actúa como una barrera absoluta contra la migración química. Tras la validación de campo, estos materiales se clasifican como no peligrosos, permitiendo su reintegración a cadenas de valor circulares sin riesgos.
¿Qué base legal respalda este procedimiento?
El procedimiento se sustenta estrictamente en los artículos 71, 72, 73 y 74 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (D.L. N° 1278). Estos artículos facultan la reclasificación técnica de residuos mediante estudios técnicos que demuestren la ausencia de características de peligrosidad.